Las tasas consulares se abonan en el BRD (Charles de Gaulle) - cuenta RO33BRDE445SV16185884450, el recibo debe presentarse en el
momento de hacer la gestión
EXENCIÓN DE VISA DE TURISTA PARA CIUDADANOS RUMANOS
Adjunto al presente, se remite el Decreto Supremo No. 022-2007-RE, de fecha
31 de marzo de 2007, Publicado en el Diario Oficial ¨El Peruano¨, sobre la
incorporación de nacionales de Rumanía en la relación de países exentos de
visa de turista hasta por noventa (90) días para el ingreso al Perú.
Informaciones adicionales: tel 211 18 19 ; 211 18 16.